De conformidad con lo establecido en el Art. 22, fracción IX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, en el que se establece que la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (CAIP) deberá mantener actualizada la difusión de la información de “Los resultados de la evaluación del cumplimiento de la obligación de la publicación de la información pública de oficio, por parte de los Sujetos Obligados”, se informa lo siguiente:
1.- En virtud de que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla publicada el 31 de diciembre de 2011 establece en su artículo octavo transitorio que los Sujetos Obligados tendrán como máximo seis meses para cumplir con la obligación de publicar la información pública de oficio establecida en la ley, el periodo de evaluación al cumplimiento de la difusión de la información pública de oficio, se realizó en el segundo semestre del año.
2.- Al aprobarse la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, fue necesario modificar los Criterios de Evaluación, así como el Sistema de Evaluación sobre la Información Pública de Oficio mismos que fueron aprobados por el Pleno de la CAIP, mediante los acuerdos: S.E. 10/12.29.05.12/01, S.E. 12/12.18.06.12/02 y S.E. 14/12.18.07.12/06
3.- A partir del mes de julio se inició el proceso de revisión a los portales de transparencia de los Sujetos Obligados con el propósito de obtener un diagnóstico inicial del estado que guardan.
4.- Como estrategia de apoyo para los Sujetos Obligados, en el mes de agosto, la CAIP asesoró a los Titulares de las Unidades Administrativas de Acceso a la Información, dándoles a conocer la herramienta que se diseñó para evaluar el cumplimiento de la difusión de la información pública de oficio a través de los portales de transparencia.
5.- Como una acción derivada de la firma de Convenio de colaboración signado el 29 de Agosto de 2012 con “FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación A. C.” el Pleno de la CAIP determinó que para apoyar el procedimiento de evaluación que se realiza a los portales de transparencia de los sujetos obligados, se invitara a dicha Asociación para que evaluara a los 15 Ayuntamientos con población mayor a 70 mil habitantes así como a la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado, estableciendo lo siguiente:
- La evaluación se realizará en estricto apego al Sistema de Evaluación sobre la Información Pública de Oficio y a los Criterios aprobados por el Pleno de la CAIP.
- El período de evaluación se iniciará a partir del 3 de septiembre.
6.- Con relación a las entidades paraestatales pertenecientes al Poder Ejecutivo según el listado publicado en el Periódico Oficial del 31 de diciembre de 2010 firmado por el entonces Secretario de la SEDECAP y que aún se encuentra vigente, la CAIP solicitó mediante el Oficio CAIP-P/711/2012 de fecha 16 de octubre del año en curso, se notificara sobre la existencia de 23 de ellas, en virtud de que no se publica información de ellas en el sitio web del Poder Ejecutivo; Como respuesta a dicha solicitud, la Secretaría de la Contraloría informó mediante Oficio No. CGJ-DCI-1404/2012 lo siguiente:
Se han extinguido 12 entidades paraestatales.
Se encuentran en proceso de extinción 2 entidades paraestatales
Se encuentran administradas por otras Dependencias 9 entidades paraestatales
7.- En el caso de los Municipios que tienen una población menor de 70 mil habitantes, la Ley de Transparencia les obliga a difundir la información pública de oficio a través de otros medios, dado que no cuentan con la estructura para hacerlo a través de un sitio web. Por lo anterior, en una primera etapa la CAIP se ha dado a la tarea de establecer estrategias de vinculación con los 202 ayuntamientos a través del área de capacitación para darles a conocer dicha disposición establecida en el Art. 17 último párrafo.
RESULTADO DE LAS EVALUACIONES A LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA:
Resultado final de la PRIMERA evaluación realizada a los portales de transparencia y/o páginas de Internet de los Sujetos Obligados referente a la publicación de la Información Pública de Oficio.
Meta: Se evaluaron a los 108 Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia que disponen de sitio web.
Objetivo: Revisión del Capítulo II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla.
Medio: Sistema de Evaluación sobre la Información Pública de Oficio aprobado por el Pleno de la CAIP.
Calificación: La puntuación máxima es de 100 puntos.
Se evaluó la información disponible a partir del 1° de julio 2012.
Sujetos Obligados de la Administración Pública Estatal y Municipal