REALIZA ITAIPUE 11ª SESIÓN ORDINARIA DE PLENO

2021-05-27
Durante la 11ª Sesión Ordinaria de Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE), encabezado por el Comisionado Presidente Francisco Javier García Blanco y la Comisionada Propietaria Laura Marcela Carcaño Ruiz, fueron resueltos 8 recursos de revisión y 10 denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia.

En la misma sesión se aprobó dar de alta al padrón de sujetos obligados del ITAIPUE a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, así como sus respectivas tablas de aplicabilidad.

En ese sentido, los Comisionados se pronunciaron por revocar el acto impugnado en el expediente RR-0094/2020, con el objetivo de que el Ayuntamiento de Puebla realice una búsqueda exhaustiva de la información solicitada referente al Estudio del Relleno Sanitario de Chiltepeque denominado “Proyecto Visión 2100”, que realizó y presentó la concesionaria de disposición final de residuos, RESA S.A. DE C.V. al Organismo Operador del Servicio de Limpia del Municipio de Puebla.

Por otro lado, fue confirmada la respuesta en el expediente RR-0186/2020 y sobreseída en los recursos RR-0130/2020, RR-0186/2020, RR-0301/2020, RR-0076/2021, RR-0091/2021, RR-0103/2021, así como RR-0106/2021.

En cuanto a las denuncias, en la DOT-594/AYTO PUEBLA-25/2020 interpuesta en contra del Ayuntamiento de Puebla por el incumplimiento a la obligación establecida en el artículo 83, fracción II, formato B, de la Ley de Transparencia del Estado, referente a “Sesiones celebradas de Cabildo”, los comisionados la declararon fundada.

Fue declarada fundada la DOT-60/SMT-01/2021 y sus acumulados, interpuesta en contra de la Secretaría de Movilidad y Transporte por el incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia, establecidas en el artículo 77 fracción XXVIII formato “a”, de la Ley en comento, respecto de los cuatro trimestres del ejercicio 2020. Asimismo, fue impuesta una amonestación pública al titular de la Unidad de Transparencia por su omisión de rendir el informe justificado.

En el expediente DOT-417/SG-03/2021 y sus acumulados, interpuesto en contra de la Secretaría de Gobernación por el incumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 77 fracción XXVIII formato A y B, referente a todos los periodos, de la Ley en comento; los Comisionados declararon infundadas las 95 denuncias presentadas y fundada únicamente la DOT-587/SG-98/2021.

Fue declarada fundada la DOT-730/AYTO ACAJETE-02/2021 interpuesta en contra del Ayuntamiento de Acajete ante el incumplimiento de la obligación de transparencia señalada en el artículo 77 fracción VIII, de la Ley de Transparencia del Estado, referente al segundo semestre del periodo 2020. Asimismo, se impuso amonestación pública al titular de la unidad de transparencia y se ordenó dar vista a su contraloría.

Finalmente, fue sobreseída la DOT-444/SOSAPAP-01/2020 e infundadas las marcadas con los expedientes DOT-143/AYTO-PUEBLA-02/2020, DOT-144/SEGE-01/2020, DOT-309/AYTO PUEBLA-02/2020, DOT-56/SC-01/2021 y sus acumulados, así como la DOT-246/SC-29/2021 y sus acumulados.

https://itaipue.org.mx/portal2020/vistaArticulo.php?idinfo=20210016


 


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