RESUELVE ITAIPUE 9 DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO

2021-10-06
Durante la 21ª Sesión Ordinaria de Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE), encabezado por el Comisionado Presidente Francisco Javier García Blanco y la Comisionada Propietaria Laura Marcela Carcaño Ruiz, fueron resueltos 7 recursos de revisión y 9 denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia.
 
En tal sentido, en el expediente RR-0329/2021, el pleno determinó revocar parcialmente el acto impugnado, a efecto de que la Fiscalía General del Estado proporcione únicamente el dato de cuál era la orientación o identidad de género registrada en los casos de homicidios dolosos o crímenes de odio registrados en el Estado, de enero de 2011 a mayo de 2021.
 
Se revocó el acto impugnado en el expediente RR-0313/2021, a efecto de que el H. Congreso del Estado emita una nueva respuesta a la solicitud en la que proporcione lo referente a los estados de cuenta requeridos, dejando visibles los Registros Federales de Contribuyentes (RFC), de las personas morales y físicas y en caso de advertir la existencia de RFC de personas físicas identificadas o identificables, someta a su Comité de Transparencia la clasificación de los apartados o secciones conducentes, para que este resuelva lo que en derecho corresponda.
 
Referente al RR-0322/2021, fue revocado el acto impugnado para efecto de que la Secretaría de la Función Pública entregue la información solicitada.
 
Fue revocado el acto reclamado en el expediente RR-0370/2021, por lo que el Ayuntamiento de Huaquechula deberá dar contestación a la solicitud referente al organigrama general del municipio, incluyendo los cargos de servidores públicos y las juntas auxiliares.
 
En el expediente RR-0371/2021, los comisionados determinaron revocarlo a efecto de que el Ayuntamiento de Huaquechula de respuesta a la solicitud referente a trámites de actas administrativas o judiciales por rectificación o corrección de actas de nacimiento que hayan sido entregadas al sindicato, del año 2019 a la fecha.
 
Se revocó el acto impugnado en el expediente RR-0401/2021, por lo que el Ayuntamiento de Atlixco deberá dar respuesta a la solicitud de información, referente a las actividades suscitadas el 2 de agosto de 2021, en el cruce de "Carretera a Tenextepec" y "San Juan Castillotla" de dicho ayuntamiento.
 
Fue sobreseído el recurso de revisión RR-0365/2021 y sus acumulados.
 
En cuanto a las denuncias, en la DOT-625/AYTO CORONANGO-07/2020, interpuesta al Ayuntamiento de Coronango, por su incumplimiento establecido en la fracción XXVIII formato A del artículo 77 de la Ley de Transparencia del Estado, los Comisionados se pronunciaron por declararla fundada.
 
Relativo a la DOT-977/AYTO TEOPANTLÁN-01/2021 y su acumulado, en contra del Ayuntamiento de Teopantlán, ante el incumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 77, fracciones VIII, formato A y XLIII, formato A, se determinó declararla fundada respecto al primer y segundo trimestre, e infundada respecto al tercer y cuarto trimestre del ejercicio 2021.
 
En la DOT-988/ASEP-13/2021, en contra de la Auditoría Superior del Estado, respecto a la obligación de transparencia señalada en el artículo 77 fracción VII de la Ley en comento, se declaró infundada respecto al periodo primer, tercer y cuarto trimestre y fundada respecto al segundo trimestre del 2021.
 
Fueron declaradas infundadas las denuncias marcadas con los expedientes DOT-18/ITS ZACAPOAXTLA-01/2021, DOT-702/ITS ZACAPOAXTLA-02/2021, DOT-983/AYTO TEOPANTLÁN-06/2021 y su acumulado, DOT-1014/IPAM-01/2021, DOT-1038/SET-01/2021, así como la DOT-1039/SET-02/2021.
 
Dentro de los asuntos generales, con el objetivo de que aquellos recursos de revisión que sean interpuestos por solicitantes en un medio distinto a la PNT, y que no incluyan el folio a la solicitud asociada, el pleno aprobó sean gestionados en expedientes físicos, fuera de SICOM, respetando la numeración general de los recursos de revisión de acuerdo a su interposición para ser turnados a las ponencias mientras el administrador general de la PNT resuelve la incidencia reportada.
 
Finalmente, se aprobó la baja en el Padrón de Sujetos Obligados del ITAIPUE, al Instituto Metropolitano de Planeación del Estado de Puebla.

https://itaipue.org.mx/portal2020/vistaArticulo.php?idinfo=20210031


 


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