EL PLENO DEL ITAIPUE CELEBRA SEPTIMA SESIÓN ORDINARIA

2023-04-12

Puebla, Pue.

12 de Abril del 2023

BOLETÍN 010

El Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE), encabezado por la Comisionada Presidente Rita Elena Balderas Huesca, el Comisionado Propietario Francisco Javier García Blanco y la Comisionada Propietaria Nohemí León Islas, celebraron la séptima sesión ordinaria del pleno, en la cual se resolvieron un total 120 asuntos, de los cuales  102 fueron Recursos de Revisión en materia de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (RR) y 18 Denuncias de Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia (DOT).

Durante la sesión, el Pleno determinó revocar los Recursos de Revisión con números de expediente: RR-1626/2022, RR-1648/2022, RR-1857/2022, RR-1884/2022, RR-1899/2022, RR-1918/2022, RR-2046/2022, RR-2077/2022, RR-2080/2022, RR-2083/2022, RR-2107/2022, RR-0054/2023 y su acumulado RR-0060/2023; y RR-0062/2023, interpuestos en contra de los Ayuntamientos de Huaquechula, Zapotitlán de Méndez, Cuetzalan del Progreso, Tepeyahualco, Cuautlancingo y Zacatlán, en donde los solicitantes requirieron diversa información de cada uno de los sujetos obligados mencionados, tal como información de empleados, manuales de procedimientos, reglamentos internos, códigos, copias de estados financieros, copias de proyectos de obra e información respecto a obligaciones de transparencia. En consecuencia, se resolvió revocar los actos reclamados a efecto de que los sujetos obligados proporcionen la información requerida por el solicitante.

Así mismo, respecto a los Recursos de Revisión: RR-1843/2022, RR-0035/2023, y RR-0221/2023 interpuestos en contra de la Secretaría de Gobernación y Secretaría de Cultura del Estado, y los Recursos en materia de Protección de Datos Personales:  PDP-068/2022 y PDP-074/2022 interpuestos contra la Secretaría de Gobernación, el Pleno resolvió revocarlos a efecto de que se entregue la información requerida a cada una de las peticiones. También, se determinó revocar parcialmente los Recursos RR-1770/2022 y RR-1968/2022 interpuestos en contra de la Benemérita Universidad Autónoma del Estado de Puebla y el Ayuntamiento de Atlixco, respectivamente, a efecto de que se realicé una búsqueda exhaustiva de la información solicitada y se entregue completa a los solicitantes.

Debido a la similitud en su exposición, fundamentación, motivación y sentido de algunos Proyectos de Resolución de Recursos de Revisión y Denuncias de Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia, el Pleno tomó el acuerdo de agruparlos para su lectura y eventual aprobación a fin de agilizar el desarrollo de la sesión, todo esto con fundamento los artículos 29 fracción VII y 26 fracción III, del Reglamento Interior de este Organismo Garante.

En este sentido, el Pleno del Instituto determinó sobreseer 13 Recursos de Revisión en materia de Protección de Datos Personales, los cuales fueron: PDP-0022/2022; PDP-0028/2022; PDP-0034/2022; PDP-037/2022; PDP-038/2022; PDP-0040/2022; PDP-0043/2022; PDP-044/2022; PDP-0046/2022; PDP-049/2022; PDP-050/2022; PDP-056/2022 y PDP-062/2022, toda vez que no se actualiza algún requisito de procedibilidad

Lo mismo sucedió con la agrupación de los Recursos: RR-1779/2022; RR-1881/2022; RR-2040/2022; RR-2052/2022; RR-2064/2022; RR-2156/2022; RR-2170/2022; RR-2174/2022 y sus acumulados RR-2188/2022, RR-2192/2022, RR-2204/2022 Y RR-2210/2022; RR-2176/2022; RR-2182/2022; RR-2187/2022; RR- 2188/2022; RR-2191/2022; RR-2194/2022; RR-2200/2022; RR-2206/2022; RR-2216/2022 y sus acumulados RR-2222/2022,  RR-2228/2022 Y RR-2234/2022; RR-2218/2022;  RR-2219/2022 y sus acumulados RR-2225/2022 Y RR-2237/2022; RR-2224/2022;  RR-2227/2022; RR-2230/2022; RR-2233/2022; RR-2236/2022; RR-0020/2023; RR-0048/2023; RR-0050/2023; RR-0068/2023; RR-0299/2023; RR-1157/2023 Y RR-1601/2023, los cuales se sobreseyeron toda vez que el sujeto obligado modificó el acto reclamado de tal manera que el Recurso de Revisión quedó sin materia.

Asimismo, los Recursos RR-1825/2022; RR-1869/2022; RR-1905/2022; RR-1915/2022; RR-1923/2022; RR-1924/2022 y su Acumulado RR-1930/2022; RR-1925/2022; RR-1929/2022; RR-1931/2022; RR-1954/2022; RR-2001/2022; RR-2002/2022; RR-2007/2022; RR-2010/2022; RR-2011/2022; RR-2016/2022; RR-2019/2022; RR-2022/2022; RR-2028/2022; RR-2031/2022; RR-2041/2022; RR-2058/2022; RR-2089/2022; RR-2095/2022; RR-2101/2022; RR-2104/2022; RR-2113/2022; RR-0008/2023; RR-0296/2023; RR-1142/2023 y RR-1145/2023, fueron sobreseídos debido a que una vez admitido el Recurso se actualizó una de las causales de improcedencia.

Por otra parte, el Pleno determinó confirmar los Recursos de Revisión con número de expediente PDP-035/2022, RR-1675/2022, RR-1893/2022, RR-2146/2022, RR-2504/2022 y RR-0983/2023, así como sobreseer el RR-2186/2022.

En lo que concierne a las Denuncias de Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia, el Pleno determinó resolver como fundada la Denuncia DOT-1147/AYTO ACATLÁN-03/2022, por no tener debidamente publicada la información.

En cuanto a las Denuncias DOT-1151/AYTO CAXHUACAN-12/2022, DOT-1440/AYTO SAN MARTÍN TOTOLTEPEC-04/2022, DOT-1486/AYTO TLAHUAPAN-07/2022, DOT-1513/ITS VENUSTIANO CARRANZA-10/2022, DOT-1546/AYTO SAN PEDRO CHOLULA-21/2022, DOT-1555/PARTIDO MORENA-28/2022, DOT-1560/AYTO CUAUTLANCINGO-08/2022 y su acumulada DOT-1563/AYTO CUAUTLANCINGO-10/2022; DOT-1576/IDEP-04/2022, DOT-1584/AYTO ATZITZITHUACÁN-06/2022, DOT-1590/AYTO CUAPIAXTLA DE MADERO-28/2022, DOT-1616/CDHEP-02/2022, DOT-12/SA-01/2023 y  su acumulada DOT-23/SA-02/2023; DOT-21/SIS-01/2023, DOT-24/IPJ-02/2023 y su acumulada DOT-29/IPJ-07/2023; DOT-35/AYTO ACAJETE-01/2023 y la DOT-83/PJEP-03/2023, mismas que se determinó declarar como infundadas, toda vez que de los respectivos dictámenes emitidos por la Coordinación General Ejecutiva de este Órgano Garante se arribó a la conclusión de que los sujetos obligados denunciados sí cumplieron con sus Obligaciones de Transparencia.

Por último, se decidió sobreseer la Denuncia DOT-1452/AYTO IXCAQUIXTLA-07/2022.

Lo anterior en estricto cumplimiento a la responsabilidad de este Órgano Garante, de garantizar en el Estado y sus municipios el Acceso a la Información Pública y la Protección de Datos Personales.  


https://itaipue.org.mx/portal2020/vistaArticulo.php?idinfo=20230010


 


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