Puebla, Pue. 26 de Abril del 2023
BOLETÍN 012 Se celebró la octava sesión ordinaria del
Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE), encabezado por
la Comisionada Presidente Rita Elena Balderas Huesca, el Comisionado
Propietario Francisco Javier García Blanco y la Comisionada Propietaria Nohemí
León Islas, en la cual se resolvieron 68 puntos de la orden del día, desglosados
en 55 expedientes de Recursos de Revisión , de los cuales 9 expedientes son
relativos en materia de protección de Datos Personales, 46 expedientes relativos
a la en materia de Acceso a la
Información y 13 Denuncias de Incumplimiento a las Obligaciones
de Transparencia (DOT), en los cuales contando los expedientes acumulados se le dio resolución a un total de 102 asuntos. En la sesión, el Pleno determinó revocar
los Recursos de Revisión en materia de Protección de Datos Personales con
número PDP-020/2022, PDP-066/2022 y PDP-072/2022 interpuestos en contra del
Ayuntamiento de Huaquechula y la Secretaría
de Gobernación, a quienes se les requirió documentación de manera digital que contengan
información de los solicitantes; la decisión
fue tomada para efecto de que el sujeto obligado realice una búsqueda
exhaustiva de los documentos que señalan los recurrentes en su
solicitud de Datos Personales. Respecto a los Recursos de Revisión RR-2152/2022
interpuesto en contra de la Secretaría de la Función Pública, a quien se le requirió
información acerca de la existencia de denuncias, quejas o procedimientos
administrativos abiertos en contra de servidores públicos del sujeto obligado; RR-2150/2022,
promovido en contra del Sistema Operador
de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del municipio de Atlixco; y
los expedientes con número RR-0032/2023, RR-0036/2023, RR-0038/2023, promovidos
en contra del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores
al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, a quienes se les solicitó documentación
e información referente a compras y adquisiciones; el Pleno resolvió revocar
los asuntos a efecto de que los sujetos obligados proporcionen la información a
los recurrentes. Respecto a los Recursos de Revisión: RR-1965/2022 y RR-1966/2022, interpuestos en contra del Poder Judicial del Estado de Puebla, donde se le requirió información referente a juicios de interdicción ; RR-1989/2022, en contra del Ayuntamiento de San Pedro Cholula, donde se le solicitó información acerca de los métodos y medidas para la organización, protección y conservación de los documentos de archivo del Ayuntamiento; y RR-2139/2022 interpuesto en contra del Ayuntamiento de Ixtepec, a quien se le requirió información del evento denominado Martes Ciudadano; el Pleno resolvió revocarlos de manera parcial, para efecto de que los sujetos obligados realicen una búsqueda exhaustiva para que otorguen la información solicitada de manera completa y brinden a los solicitantes las modalidades disponibles para su consulta. Además, se determinó revocar los Recursos
de Revisión RR-1963/2022, RR-1975/2022, RR-1987/2022, RR-2067/2022, RR-2116/2022,
RR-2143/2022, interpuestos en contra de los Ayuntamientos de Tuzamapan de Galeana,
Yaonáhuac, Amozoc, Nealtican, Huaquechula y San Miguel Xoxtla, a efecto de que brinden
las respuestas a cada una de las solicitudes. En cuanto a los expedientes: PDP-032/2022,
PDP-054/2022 y su acumulado PDP-060/2022, PDP-077/2022, PDP-080/2022, PDP-083/2022,
RR-1819/2022, RR-1911/2022, RR-1928/2022, RR-1977/2022, RR-2061/2022, RR-2092/2022,
RR-2094/2022, RR-2098/2022, RR-2110/2022, RR-2155/2022, RR-2158/2022, RR-2164/2022,
RR-2173/2022, RR-2175/2022, RR-2193/2022, RR-2197/2022, RR-2203/2022, RR-2209/2022,
RR-2212/2022, RR-2215/2022, RR-2221/2022, RR-0014/2023, RR-0044/2023, RR-0119/2023,
RR-1144/2023, RR-1146/2023, el Pleno resolvió sobreseerlos toda vez que una vez admitidos, se actualizó
una de las causales de improcedencia señalados en la ley de tal manera que quedaron
sin materia para continuar con su tramitación. Por otra parte, se determinó confirmar
los Recursos de Revisión PDP-036/2022, RR-1862/2022, RR-1998/2022, RR-1169/2023,
RR-2255/2022 y sus acumulados RR-2261/2022, RR-2267/2022, RR-2273/2022,
RR-2279/2022, RR-2285/2022, RR-2291/2022 y RR-2297/2022; RR-2435/2022 y sus
acumulados RR-2441/2022 y RR-2453/2022, toda vez que se consideró que la información
solicitada fue proporcionada al solicitante. En lo que concierne a las Denuncias de Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia, el Pleno determinó resolver como fundadas las siguientes: DOT-961/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-14/2022; DOT-965/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-18/2022; DOT-967/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-20/2022; DOT-973/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-26/2022; DOT-953/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-06/2022; DOT-954/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-07/2022; DOT-957/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-10/2022; DOT-960/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-13/2022; DOT-962/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-15/2022; DOT-963/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-16/2022; DOT-964/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-17/2022; DOT-1277/AYTO ZACAPOAXTLA-14/2022 y DOT-20/AYTO COXCATLÁN-01/2023; por no tener debidamente publicada la información. En cuanto a las denuncias: DOT-956/AYTO
SAN ANTONIO CAÑADA-09/2022; DOT-949/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-02/2022;
DOT-950/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-03/2022; DOT-955/AYTO SAN ANTONIO
CAÑADA-08/2022; DOT-958/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-11/2022; DOT-968/AYTO SAN
ANTONIO CAÑADA-21/2022; DOT-974/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-27/2022; DOT-975/AYTO
SAN ANTONIO CAÑADA-28/2022; DOT-977/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-30/2022; DOT-1390/ITS
VENUSTIANO CARRANZA-06/2022; DOT-1475/AYTO TILAPA-02/2022; DOT-1510/TJAEP-01/2022;
DOT-1604/AYTO CHIGNAHUAPAN-05/2022; DOT-40/AYTO SAN SEBASTIAN
TLACOTEPEC-03/2023; DOT-82/PARTIDO MORENA-03/2023; DOT-89-SMADSOT-01-2023 y DOT-149/PJEP-36/2023;
se determinó declararlas como
infundadas, toda vez que de los respectivos dictámenes emitidos por la Coordinación
General Ejecutiva de este Órgano Garante, se arribó a la conclusión de que los
sujetos obligados denunciados sí cumplieron con sus Obligaciones de
Transparencia. Por último, se resolvió sobreseer las
Denuncias DOT-966/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-19/2022; DOT-969/AYTO SAN ANTONIO
CAÑADA-22/2022; DOT-970/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-23/2022; DOT-971/AYTO SAN
ANTONIO CAÑADA-24/2022; DOT-972/AYTO SAN ANTONIO CAÑADA-25/2022; DOT-1454/AYTO
LA MAGDALENA TLATLAUQUITEPEC-01/2022 y DOT-1592/AYTO HUEHUETLÁN EL
GRANDE-03/2022. Lo anterior en estricto cumplimiento al
mandato constitucional de garantizar y tutelar los derechos de las personas al
Accesos a la Información Pública y a la Protección de sus Datos Personales, así
como promover una cultura de transparencia, rendición de cuentas en el Estado y
sus municipios, así como el debido tratamiento de datos personales para el
fortalecimiento de una sociedad incluyente y participativa. |
INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE PUEBLA
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