EL PLENO DEL ITAIPUE CELEBRA NOVENA SESIÓN ORDINARIA

2023-05-17

Puebla, Pue.

17 de Mayo del 2023

BOLETÍN 013


El Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIPUE), encabezado por la Comisionada Presidente Rita Elena Balderas Huesca, el Comisionado Propietario Francisco Javier García Blanco y la Comisionada Propietaria Nohemí León Islas, celebró la novena sesión ordinaria,  en la cual se desahogaron 74 puntos del orden del día, desglosados en 66 expedientes de Recursos de Revisión, de los cuales 9 expedientes fueron relativos a la materia de protección de Datos Personales, 57 expedientes relativos a la  materia de Acceso a la Información y 8  Denuncias de Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia (DOT),  de los cuales, incluyendo los expedientes acumulados, se le dio resolución  a un total de 117 asuntos.

En la sesión, el Pleno determinó revocar los actos reclamados de los Recursos de Revisión en materia de Protección de Datos Personales con número PDP-064/2022, PDP-067/2022, PDP-070/2022, y PDP-073/2022, interpuestos en contra de la Secretaría de Gobernación, mismos que se les dio lectura y resolución de manera conjunta, debido a la similitud en su exposición, fundamentación y motivación, así como, el acto que recurren y los motivos de inconformidad.

En lo que respecta a los recursos en Materia de Acceso a la información, se determinó revocar los recursos de revisión con número de expediente RR-2131/2022; RR-2133/2022; RR-2211/2022; RR-0057/2023; y RR-0039/2023 interpuestos contra el Ayuntamiento de  Cohuecán, Tehuitzingo, San Sebastián Tlacotepec, Zacatlán y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, respectivamente; a este último se le requirió información acerca de la compra de medicamentos para pacientes con hipertensión y a los ayuntamientos se les requirió información acerca de minutas de reuniones, contratos de rehabilitación de caminos y los estados financieros de ingresos y egresos.

En términos del artículo 29 fracción VII, del Reglamento Interior de este Organismo Garante se dio lectura y resolución de manera conjunta a los recursos de revisión en materia de acceso a la información, con número de expediente RR-0300/2023; RR-0306/2023; RR-0312/2023; RR-0318/2023; RR-0324/2023; RR-0330/2023; RR-0336/2023; RR-0342/2023; RR-0348/2023 y RR-0354/2023; interpuestos en contra del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores

al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, a quien se le requirió copia simple de las facturas por compra de medicamentos para pacientes con diagnóstico de diabetes mellitus de distintos meses correspondientes a los años 2021 y 2022, por lo que, el Pleno resolvió Revocar los actos reclamados delos expedientes antes mencionados debido a la negativa de proporcionar la información y la falta de fundamentación y/o motivación en su respuesta, a efecto de que se brinde la información al solicitante.

También, se agruparon y se resolvió revocar  los actos reclamados en los Recursos de revisión con número de expediente RR-0302/2023 y sus acumulados RR-0308/2023, RR-0314/2023 y RR-0320/2023; RR-0305/2023 y sus acumulados RR-0311/2023 y RR-0317/2023; RR-0323/2023 y sus acumulados RR-0329/2023, RR-0335/2023 y RR-0341/2023; RR-0326/2023 sus acumulados RR-0332/2023, RR-0338/2023, RR-0344/2023 y RR-368/2022; RR-0347/2023 y su acumulado RR-0353/2023; RR-0350/2023, sus acumulados RR-0356/2023 y RR-0362/2023; y RR-0359/2023 y su acumulado RR-0365/2023, interpuestos en contra del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, la decisión fue tomada para efecto de que el sujeto obligado entregue la información requerida por el inconforme en el formato que la tenga y en su caso ofreciéndole todas las modalidades que establece la ley.

Así mismo,  se agruparon para su lectura y aprobación los recursos RR-1577/2023 y sus acumulados RR-1583/2023 y RR-1589/2023; RR-1580/2023; RR-1586/2023; y RR-1592/2023; interpuestos en contra del Ayuntamiento de Puebla en los cuales el recurrente solicitó información en copias simples, relacionada con la documentación de a los espectaculares ubicados en diversas calles de la ciudad, así como las licencias de funcionamiento, documentación y pagos que les permiten publicitar. En este sentido el pleno determinó revocar los actos reclamados, para efecto de que el sujeto obligado realice una nueva búsqueda exhaustiva de la información solicitada y, en caso de existir, entregue al solicitante la información requerida en su solicitud de acceso a la información; o, en el caso de no contar con lo requerido, de manera fundada y motivada, declare formalmente la inexistencia de dicha información.

Respecto a los expedientes con número de expediente RR-1647/2022, RR-2070/2022, RR-1436/2023 y RR-1595/2023, interpuestos en contra de los ayuntamientos de Huaquechula, Tzicatlacoyan, Tlalancaleca y Huauchinango, respectivamente, en donde en diversos cuestionamientos se les requirió información acerca de oficios, acuerdos, circulares, comités internos, avances del plan estatal y municipal de desarrollo, e información de personal que labora y laboró en la administración,  además de contratos y facturas de varios servicios; el pleno determinó revocar Parcialmente los actos reclamados, a efecto de que se brinde la información completa.

Por otra parte, respecto a los recursos de revisión con número de expediente RR-2073/2022; RR-2154/2022; RR-2303/2022 y sus acumulados RR-2315/2022, RR-2321/2022, RR-2327/2022 y RR-2333/2022; RR-2309/2022 y sus acumulados RR-2339/2022, RR-2345/2022 y RR-2351/2022; RR-2363/2022 y sus acumulados RR-2369/2022, RR-2447/2022, RR-2459/2022, RR-2465/2022 y RR-2477/2022; RR-2375/2022 y sus acumulados RR-2381/2022, RR-2387/2022, RR-2393/2022, RR-2399/2022, RR-2405/2022, RR-2411/2022, RR-2417/2022, RR-2423/2022 y RR-2499/2022; RR-2471/2022 y sus acumulados RR-2483/2022, RR-2489/2022 y RR-2501/2022; RR-0222/2023; RR-0986/2023; RR-1076/2023; RR-1160/2023; y RR-2243/2022, el Pleno resolvió confirmarlos, toda vez que se consideró que la información solicitada fue proporcionada al solicitante.

Por último, se resolvió sobreseer los recursos de revisión en materia de protección de Datos Personales: PDP-055/2022; PDP-061/2022; PDP-076/2022; PDP-079/2022; PDP-082/2022 y los Recursos de Revisión en Materia de Acceso a la Información: RR-2121/2022; RR-2124/2022; RR-2127/2022; RR-2142/2022; RR-2151/2022; RR-2157/2022; RR-2163/2022; RR-2166/2022; RR-0294/2023; RR-0297/2023; RR-0480/2023; RR-1172/2023; RR-1596/2023; RR-1598/2023; RR-3389/2023, toda vez que una vez admitidos, se actualizó una de las causales de improcedencia señaladas en la ley, de tal manera que quedaron sin materia para continuar con su tramitación. 

Finalmente, en lo que concierne a las Denuncias de Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia, el Pleno determinó declarar como infundadas las denuncias con número de expediente: DOT-41/AYTO AJALPAN-01/2023; DOT-144/PJEP-31/2023 y su acumulada DOT-190/PJEP-59/2023; DOT-173/AYTO SAN PEDRO CHOLULA-03/2023; DOT-198/PJEP-67/2023; DOT-210/AYTO ZACATLÁN-01/2023; DOT-221/AYTO CUAUTLANCINGO-03/2023; DOT-239/AYTO SAN ANDRÉS CHOLULA-02/2023; DOT-281/AYTO PUEBLA-09/2023, toda vez que de los respectivos Dictámenes emitidos por la Coordinación General Ejecutiva se arribó a la conclusión de que los sujetos obligados denunciados sí cumplieron con la publicación de sus obligaciones de Transparencia.

Lo anterior en estricto cumplimiento al mandato constitucional de garantizar y tutelar los derechos de las personas al Acceso a la Información Pública y a la Protección de sus Datos Personales, la promoción de una cultura de la transparencia en el Estado y el debido tratamiento de datos personales, para el fortalecimiento de una sociedad incluyente y participativa.


https://itaipue.org.mx/portal2020/vistaArticulo.php?idinfo=20230013


 


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